Si, es oblogatorio para toda empresa que tenga empleados a tiempo parcial o simplemente haga horas extras.
Lo dictamina la sentencia del 4 de diciembre de 2015, que determina que “el registro de jornada, que no de horas extraordinarias, es el requisito constitutivo para controlar los excesos de jornada”.
Desde el 6 de mayo del 2025 el proyecto de ley para aumentar control del registro de la jornada por parte del Gobierno de España, ha sido aprobado.
Cabe recordar que es un derecho y una obligación el registrar las horas en las que se empieza y se acaba la jornada laboral, además de que dichos registros pueden ser solicitados en caso de insprección.